El anteproyecto de la Ley de Vivienda

En anteriores artículos hablamos de las principales novedades legislativas que previsiblemente entrarán en vigor en 2022. En este sentido y aunque aún es sólo un anteproyecto, la Ley de Vivienda entrará a lo largo de este año en vigor.

De momento se trata únicamente de un anteproyecto y  todo apunta a que aún habrá que esperar para ver esta norma produciendo efectos en nuestro ordenamiento, sobre todo tras el informe aprobado el pasado viernes por CGPJ en el que se concluía entre otras cosas que de aprobarse el anteproyecto de la Ley de Vivienda el Gobierno central se estaría inmiscuyendo en competencias autonómicas.

Otro de los aspectos que llaman la atención del anteproyecto es que se trata de objetivar y concretar algunos aspectos que tradicionalmente han sido conceptos jurídicos indeterminados gracias a lo cual las partes tenían una amplia libertad para pactar.

El primer ejemplo de esto se aprecia en que esta nueva norma define lo que lo que debe entenderse por vivienda digna, tratando de dotar de mayor solemnidad a uno de los derechos fundamentales recogidos en nuestra  Constitución. También se introduce y define el concepto de zona tensionada o pequeño propietario, entre otros que posteriormente se verán.

Refiriéndose el primer concepto al aquellos ligares en los que el precio medio del alquiler en la zona sea más del 30% de los ingresos medios de los habitantes de la zona y el segundo a los propietarios de menos 10 o menos viviendas.

No  obstante, no sólo detalla lo que venían siendo conceptos abstractos, sino que la Ley de Vivienda contribuye a objetivar criterios y a disminuir el poder de interpretación del juez y de las partes en cuestiones como por ejemplo el arrendamiento de vivienda. Para esto, la Ley de Vivienda pretende establecer límites al precio del alquiler cuando el arrendatario sea “gran propietario” (es decir que ostente más de 10 viviendas o la superficie construida de estas supere los 1.500 m2), de forma que el precio del alquiler deberá adaptarse al índice de referencia de la zona donde se encuentran las viviendas (esto únicamente afectará a aquellas viviendas que se encuentren en una zona considerada como tensionada.

Otra penalización para los grandes propietarios es que verán incrementados los impuestos a través de un recargo en el IBI según las viviendas que se encuentren vacías.

Sin embargo, para fomentar el acceso a la vivienda, la Ley de Vivienda también pretende incluir medidas incentivadoras, por un lado se establecen ventajas fiscales por reducir el precio del alquiler, que pueden llegar a suponer una bonificación de hasta el 90% para los grandes propietarios que cumplan determinadas condiciones  y además, la Ley de Vivienda pretende aprobar bonos de ayuda para jóvenes. La cuantía de estos bonos será de 250 € mensuales y para acceder a ellos será suficiente con tener entre 18 y 35 años, una renta inferior a 23725€ anuales y que el arrendamiento sea inferior a 600€ al mes. Además, esta ayuda es compatible con otras como el Ingreso Mínimo Vital.

Por otra parte, la ley pretende introducir un nuevo concepto, se trata de  la vivienda asequible incentivada, una figura similar a la vivienda de protección oficial, con la gran diferencia de que en este caso, la titularidad de las viviendas es privada, por lo que ofrece un triple beneficio: por un lado, supone un ahorro para el Estado, por otro lado permite obtener beneficios a los propietarios y además posibilita a las personas son ingresos más moderados acceder a viviendas a un precio inferior al de mercado.

Por último cabe mencionar que el anteproyecto recoge otras medidas relativas a desahucios y a la calificación del suelo, que por su carácter controvertido no trataremos en este post, pues no es fácil prever si finalmente lo recogido en el anteproyecto se hará realidad.

En definitiva y aunque esto no es definitivo puede apreciarse como la nueva norma pretende mediante un sistema de limitaciones e incentivos fomentar el acceso a la vivienda.