Filtraciones de GTA VI y los delitos informáticos

La noticia: Roban el GTA VI

Grand Theft Auto, o más conocido por su acrónimo, GTA es sin duda el buque insignia de la compañía Rock Star.

La industria del videojuego se ha consolidado durante las últimas décadas como una enorme máquina de generar beneficios, superando incluso a la industria musical. A ello han contribuido numerosas empresas enfocadas a la producción de videojuegos que dedican años en preparar el desarrollo y posterior lanzamiento de sus títulos.

Si el subconsciente colectivo imagina que los juegos se desarrollan en garajes o cuartos oscuros, la realidad no puede estar más alejada.

Las grandes empresas cuentan con múltiples equipos de desarrollo, de diseño, de marketing, de forma que cada paso que se da desde la idea hasta la distribución del título se mide con precisión milimétrica.

En el caso de Rockstar, su videojuego franquicia es GTA, convertido en saga por su enorme éxito, y que en la actualidad se encuentran desarrollando la sexta edición.

La noticia saltó hace pocos días, cuando un internauta alardeaba de haber robado el código fuente de GTA VI.

La primera reacción de la empresa fue el silencio sepulcral. Es una reacción lógica para los momentos de la crisis en los que aún se desconoce el daño y la veracidad de la información.

Sin embargo, a medida que van apareciendo las filtraciones de GTA VI sobre el contenido interceptado, Rockstar se ve obligada a reconocer la filtración y el ataque.

Lo que se sabe hasta el momento, es que el pirata informático es un joven de 17 años, que ha sido detenido en Reino Unido, y que junto a este delito, se le atribuye haber pirateado a la empresa Uber.

Según información desprendida, el hacker habría intentado llegar a un acuerdo económico con la empresa. Empresa que, por su parte, parece dispuesta a contratar a un analista de investigación con el fin de reforzar las medidas de seguridad y evitar otro desastre como el ocurrido.

…el pirata informático es un joven de 17 años, que ha sido detenido en Reino Unido, y que junto a este delito, se le atribuye haber pirateado a la empresa Uber.

El análisis económico de las filtraciones de GTA VI

En este caso la broma sale cara en varios frentes. El daño a la empresa es multimillonario, y casi todo se enfoca en el descrédito. La franquicia GTA se ha convertido en uno de los videojuegos más queridos por los fans. Solo las noticias, los avances o los trailers de un nuevo título generan dinero para la propia compañía. Pero además, hay que tener presente la pérdida de reputación que supone, ya que muchos “gamers” podrían decidir no comprar el videojuego por temor a posibles deficiencias en materia de seguridad o de protección de datos.

El autor, según parece ha sido detenido, la cuestión a valorar ahora, es a qué consecuencias se enfrenta. Y sobre todo, si el castigo o la pena será proporcionada con el delito cometido y el daño causado.

El análisis jurídico de las filtraciones de GTA VI

La cuestión sobre la jurisdicción y competencia se dirimirá en torno al derecho internacional, y seguramente sea juzgado conforme a la legislación británica o estadounidense.

Sin embargo, si la legislación aplicable fuese la española, el código penal recoge varios preceptos que podrían ser aplicados:

El primer bien jurídico protegido se encuentra tipificado en los artículos 197 y siguientes, que tratan sobre el descubrimiento y la revelación de secretos. Así, los artículos 197.1 y 197.2 dice lo siguiente:

1.El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

 

2.Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.

 

Además, sería también de aplicación el apartado 3 del artículo 197 al haber sido filtradas imágenes y datos:

 

3.Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.

 

Pero en consonancia con el apartado 6, que también sería de aplicación, las penas se aplicarían en su mitad superior al haberse llevado a cabo con fines lucrativos:

 

6.Si los hechos se realizan con fines lucrativos, se impondrán las penas respectivamente previstas en los apartados 1 al 4 de este artículo en su mitad superior. Si además afectan a datos de los mencionados en el apartado anterior, la pena a imponer será la de prisión de cuatro a siete años.

 

En resumen, aplicando los preceptos del Capítulo Primero del Título X el autor estaría coqueteando con una pena de entre tres años y seis meses a cinco años de prisión. Hasta aquí las conductas tipificadas por revelación de secretos.

Sin embargo, el hecho de acceder a un sistema informático ajeno, y apoderarse de datos o documentos con la intención de revelar su contenido constituye en sí una conducta típica en el código penal. De esta forma, el artículo 278.1 dice los siguiente:

 

El que, para descubrir un secreto de empresa se apoderare por cualquier medio de datos, documentos escritos o electrónicos, soportes informáticos u otros objetos que se refieran al mismo, o empleare alguno de los medios o instrumentos señalados en el apartado 1 del artículo 197, será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

Conclusión

Como podemos ver, en este caso las penas a las que se arriesga el autor por las filtraciones de GTA VI de este delito son muy bajas en comparación a la repercusión económica y al daño empresarial que los hechos reportan.

Esto tiene sentido, porque dado el sistema proporcional de las penas, si se elevasen las penas por revelación de secretos, habría que elevar a su vez otras más graves, y así sucesivamente contagiando a todo el sistema impositivo.

Pero todo ello nos hace preguntarnos, si el acuerdo económico, presumiblemente millonario, al que llegarán las partes implicadas, compensa pasar cuatro o cinco años en la cárcel.

En otro orden de cosas…¿Es posible que su condena se vea ampliada por la acumulación de acciones



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