- 10 de noviembre de 2022
- Publicado por: Jurista Digital
- Categories: Actualidad, Derecho constitucional, Otros


Mucho se ha hablado desde que comenzó la andadura de la España democrática, acerca de la salud de nuestra forma de Estado. ¿Es la España democrática una democracia plena? ¿Son suficientes los sistemas de garantías constitucionales?, ¿Existen auténticos contrapesos al poder ejercido por los Gobiernos?
Responder a estas preguntas nos obliga a llevar a cabo una profunda reflexión. La Constitución del 1978 se ha erigido como el principal baluarte de todo el sistema democrático. Por un lado, contiene una parte orgánica, que se ocupa de organizar el funcionamiento de los distintos poderes e instituciones del Estado. Y, por otro lado, la parte dogmática, en la que se recoge el elenco de derechos fundamentales, libertades públicas y principios inspiradores que deben guiar la actuación de los poderes públicos.
Sin embargo, pesar de la madurez de nuestro régimen democrático, el pasado mes de febrero el prestigioso semanario The Economist, rebajó la calidad de la democracia en España del puesto 22 al puesto 24. Con una nota inferior a 8 nos rebaja a la categoría de “democracias defectuosas” poniendo una nota especial sobre la forma de elegir a los miembros del CGPJ (Órgano de Gobierno de los Jueces).
…a los gobiernos de turno no le interesa llevar a cabo las medidas necesarias para reforzar el andamiaje democrático. Debemos exigir sin miedo que se lleven a cabo las reformas y medidas fortalezcan nuestra convivencia y nuestras libertades para tener las garantías necesarias con las que afrontar los retos venideros.
El poder judicial
Curiosamente, la renovación del CGPJ es tema de candente actualidad, a la par que problema ya enquistado en nuestra sociedad dada la aparente imposibilidad de su renovación.
Según el artículo 122.3 de nuestra Constitución:
“El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años. De estos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.“
Lo que queda claro es que ocho de sus miembros serán elegidos por el Congreso y el Senado, y para su elección no es necesario que pertenezcan a la carrera judicial, basta con que sean juristas de reconocido prestigio, término que, dicho sea de paso, acaba siendo sujeto a una interpretación claramente subjetiva. Estos son considerados los perfiles políticos.
Dicho precepto muestra también un defecto importante en la redacción que ha sido oportunamente aprovechado por los partidos políticos. Los otros doce miembros, si bien han de pertenecer todos ellos a la carrera judicial, no queda claro sobre quien recae la potestad de proponerlos, delegando esta relevante labor a posterior regulación por Ley Orgánica.
Fue en 1985 cuando con la aprobación de la Ley Orgánica del Poder Judicial se estableció que los veinte vocales del CGPJ serían elegidos por el Congreso y el Senado. Punto ratificado en la posterior Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial.
El resultado es que durante casi cuarenta años los dos partidos políticos que han gobernado se han repartido los sillones de CGPJ de forma sistemática. Solo cuando han entrado en el parlamento nuevas formaciones políticas, y tras numerosos avisos por parte de la Unión Europea cuestionando la separación de poderes en España, es cuando han surgido voces clamando por un nuevo modelo de elección del CGPJ.
Además, si la propia Constitución habla sobre vocales elegidos por las Cortes y otros provenientes de la carrera judicial, es de entender que su intención es que al menos doce de sus miembros fuesen cubiertos por perfiles libres, independientes y sin ningún tipo de injerencia política.
Los defensores de la forma actual de elegir a los vocales argumentan lo correcto del sistema, amparándose en que la elección de jueces responde al llamamiento popular. Esta argumentación encuentra su base en que, al haber sido el parlamento elegido por la soberanía popular, son los ciudadanos y no los partidos políticos quienes eligen los más altos cargos de la magistratura.
Pero si lo analizamos en profundidad, no tarda en aparecer la naturaleza perversa de este argumento. Cuando los ciudadanos votamos en las elecciones, cada votante elige a quienes van a ser sus representantes en consonancia a su propia ideología. Llevar esto a la judicatura nos situaría a la asunción tanto formal como material de la politización de la justicia. La consecuencia de tener unos jueces politizados es muy peligrosa porque pondría en tela de juicio la imparcialidad y objetividad en la actuación judicial, enterrando definitivamente la separación de poderes.
Desde un ámbito más subjetivo, los jueces de los más altos tribunales son designados por políticos, y estos mismos políticos (ante el supuesto de comisión de un delito) van a ser juzgados por esos mismos jueces. No hay que ser precisamente un lince para ver ahí un conflicto de intereses.
Espero por el bien de la España democrática, que más temprano que tarde, el sistema de elección de los miembros de CGPJ cambie, y que los doce miembros procedentes de la judicatura puedan ser elegidos por los propios jueces y magistrados. De lo contrario, me temo que como bien afirma “The economist” nuestra democracia no podrá ser considerada más que como una “democracia defectuosa”.
Colonización de las instituciones
Sin duda, la forma de elección del CGPJ, es lo más llamativo, pero hay otra serie de conductas que debilitan a las instituciones y hacen que el edificio democrático se tambalee.
Tras la pandemia de COVID-19, se ha detectado que muchos Estados han expandido su aparato de control, sufriendo un menoscabo las libertades y derechos fundamentales de los ciudadanos. La fortaleza de las instituciones es un requisito imprescindible para frenar esta tendencia de control estatal.
Cuando un Gobierno decide en un momento determinado otorgar un perfil político a estas instituciones, las causas pueden ser diversas:
– En ocasiones solo quieren tener control sobre el ámbito de actuación y la operatividad de la institución. Colocan perfiles afines en sus más altos escalafones para disponer de información precisa y en tiempo real de lo todo lo que sucede.
– Pero por desgracia, en la mayoría de los casos, lo que realmente se pretende es influir en la institución, convirtiéndola en un apéndice del partido. La gravedad de esta forma de actuar es que las instituciones deben ser imparciales porque se financian con dinero público y su misión es servir a los intereses generales.
Esto se han producido en países de corte totalitario en los que el partido se extiende ocupando el espacio del propio Estado. Por ejemplo, el partido que gobierna utiliza los medios de comunicación públicos para lanzar sus mensajes de partido, denigrando a la oposición y ensalzando exageradamente los logros del Gobierno.
Otro ejemplo es el uso de los centros públicos de estadísticas y encuestas, haciendo ver que el partido en el gobierno sigue contando con el respaldo mayoritario de la población cuando el resto de las encuestas arrojan resultados muy diferentes.
La fiscalía es otro doloroso ejemplo de como un Gobierno puede colonizar instituciones. En la España democrática la regulación constitucional fue muy imprecisa. El artículo 124.4 señala lo siguiente:
“El Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial.”
Por lo tanto, el máximo cargo del Ministerio Fiscal será nombrado por el Gobierno. Lo que sería un error, es entender que la fiscalía depende del Gobierno. Cuando un Gobierno realmente lo cree, padece sin duda una deriva autoritaria.
La fiscalía no es una rama de la administración pública, sino un órgano independiente y jerárquico que debe velar por el cumplimiento de la legalidad. Entre sus funciones se encuentra la de perseguir en nombre del Estado los diferentes delitos en aras a que se cumpla el principio de legalidad.
Por desgracia, todos los gobiernos han buscado perfiles afines para el cargo de Fiscal General del Estado, lo que resulta un craso error que sin duda debería ser corregido.
La democracia consultiva en la España democrática
Otro tema que está a menudo en el candelero de los debates es el de las consultas populares. La ley y la Constitución regulan la forma de llevar a cabo consultas y refrendos por parte de los ciudadanos. En el periodo de la España democrática y exceptuando los referendos constituyentes, solo se han celebrado dos consultas a nivel nacional. La primera en 1986 para decidir si España permanecía o no en la OTAN, y la segunda en 2005 para ratificar la entrada en vigor de la Constitución Europea.
Es un dato muy pobre, si bien es verdad que en países de nuestro entorno, el número de referendos no es mucho más alto. El referendo es una herramienta incómoda para el Gobierno ya que puede poner de manifiesto la voluntad de la ciudadanía contra una decisión tomada por el ejecutivo. Además, celebrar referendos por cada ley o decisión que deba tomar un gobierno no sería viable ni desde el punto de vista económico ni logístico.
Pero… ¿Qué sucede con las grandes decisiones que se toman en el país? Decisiones como la participación en un conflicto armado contra otro Estado. O como la declaración de los Estados de alarma, excepción o sitio. Alianzas internacionales, o políticas fronterizas. ¿Se debería dar en estos casos la palabra a la ciudadanía?
Entiendo que si el pueblo es soberano como afirma nuestra Carta Magna, así debería ser. Es cierto que el Gobierno que emana del Parlamento y este a su vez de la voluntad popular puede entenderse legitimado para tomar decisiones, pero ningún partido político incluye en sus programas electorales la gestión de una gran crisis, la intervención en una guerra o la preparación ante un desastre natural.
Por el contrario, es asunto delicado este de los referendos. Cuando se lleva a cabo y la ciudadanía vota de forma masiva por una de las opciones, no suele haber problema. Pero… ¿Qué ocurre cuando el 51% vota en un sentido y el 49% en el otro?, ¿Se debe imponer la voluntad del 51% de población frente al 49?
¿Democracia o partidocracia?
El modelo de listas cerradas en sistemas electorales, como el español, no es el más adecuado si de mejorar la calidad democrática del país se trata.
En la España democrática, aunque sobre el papel elegimos a nuestros representantes en las sucesivas citas electorales, a quien realmente elegimos es al partido político que queremos que nos represente. En este lote se incluye a su líder y de quienes el líder se quiere acompañar en el orden que considere conveniente.
Con el modelo de listas cerradas, hemos visto como congresistas y senadores muy apreciados por la ciudadanía, han sido apartados de la primera línea de la política por su partido, los llamados “versos sueltos”. Mientras, los militantes más complacientes y sumisos escalan posiciones al punto de perpetuarse durante varias legislaturas en las cómodas butacas de las cortes.
Así, la sensación de muchos ciudadanos es que sus derechos políticos empiezan y terminan una vez cada cuatro años cuando toca acudir a las urnas. Los partidos funcionan como empresas. Durante cuatro años siembran sus ideas sobre los ciudadanos y tras cada cita electoral cosechan los resultados para repartirse todo el botín.
La percepción del ciudadano es que las cuestiones políticas se encuentran muy lejos, y esto termina generando desconfianza sobre todo el sistema.
Como conclusión me gustaría compartir una breve reflexión. Parece evidente que a los gobiernos de turno no le interesa llevar a cabo las medidas necesarias para reforzar el andamiaje de la España democrática. Estas medidas son incómodas para ellos y les perjudican. Depende de cada uno de nosotros, exigir de forma constante a nuestros políticos, sean del color que sean, tanto si les hemos votado como si no, que se abstengan de expandirse a costa del Estado. Debemos exigir sin miedo que se lleven a cabo las reformas y medidas fortalezcan nuestra convivencia y nuestras libertades para tener las garantías necesarias con las que afrontar los retos venideros.