Con la reciente maternidad de Ana Obregón mediante gestación subrogada, se ha levantado una fuerte polémica en torno a esta figura jurídica. La gestación subrogada en España está prohibida por ley, sin embargo, la regulación es diferente en otros países.

Muchos matrimonios que no pueden tener hijos acuden al extranjero recurriendo a este sistema de fecundación, ya que la ley en España no imposibilita inscribir hijos alumbrados en otro país, con independencia de la forma en que hayan sido concebidos.

Esta situación lleva produciéndose desde hace muchos años y no ha llamado la atención de los medios hasta que la protagonista ha sido Ana Obregón, que se ha convertido en madre por gestación subrogada en los Estados Unidos.

De este hecho primero se hicieron eco los medios sensacionalistas, pero no tardaron en recoger la noticia medios generalistas toda vez que fue trasladado al debate político.

En este caso, parece que tanto partidos conservadores como progresistas se muestran diametralmente en contra de la gestación subrogada como forma de fecundación.  Tras ello, numerosos argumentos entre los que se encuentran motivos religiosos, de derechos y libertades de la mujer, incluso la propia ley en España lo califica como un tipo de violencia sobre la mujer.

Pero…¿Es tan mala la gestación subrogada?

No hay una respuesta cierta y precisa a esta cuestión. La gestación subrogada es una práctica fecundativa con mala fama ya que muchos supuestos han enmascarado la explotación de mujeres en situación de vulnerabilidad.

Sin embargo, al otro lado se encuentran aquellas mujeres que desean voluntariamente ayudar a parejas que no pueden tener hijos, y a cambio obtienen un beneficio económico.

Expuestos ambos argumentos, parecería exagerado a nivel estatal prohibir dicha práctica, ya que atentaría contra la libertad individual de cada persona a tomar la decisión que considere adecuada con su propio cuerpo. Si que parece necesario, que dicha práctica se encuentre fuertemente regulada, para evitar que mujeres en situación de vulnerabilidad se vean abocadas a recurrir a la gestación subrogada como único recurso para ganarse la vida.

Situación de la gestación subrogada en España.

En nuestro país, la Ley 14/2006 de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, regula esta práctica en su artículo 10:

Artículo 10. Gestación por sustitución.

  1. Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
  2. La filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto.
  3. Queda a salvo la posible acción e reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales

Nada dice la Ley, como se comentaba anteriormente sobre los hijos nacidos en el extranjero.

En cualquier caso, se trata de un asunto muy polémico de difícil solución que mezcla matices sociales, culturales, económicos y religiosos. Al igual que en otros temas como el aborto o la eutanasia no parece que en poco tiempo se vaya a llegar a un consenso ni a nivel social ni político. ¿Qué piensas tu de ello? Déjanos tú opinión en los comentarios.



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